Zaragoza Dinámica convoca las Subvenciones para la creación y consolidación de proyectos de Emprendimiento Social.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 14 de noviembre de 2018 y podrá presentarse cualquier persona física o jurídica que desarrolle un proyecto empresarial o nueva línea de actividad o cualquier tipo de entidad social que ponga en marcha una nueva línea de actividad siempre que el proyecto o la nueva línea de actividad tenga naturaleza social o medioambiental acreditada. Además las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán garantizar la igualdad de mujeres y hombres en el trato, acceso al empleo, clasificación profesional y demás condiciones laborales y profesionales.

La entidad solicitante deberá tramitar su petición a través de una sola de las líneas que se establecen a continuación, acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos que se hagan constar en cada una de ellas:

A) Requisitos de la Línea A de apoyo a empresas de nueva creación.

A esta línea de subvenciones se podrá presentar cualquier persona física o jurídica incluida en alguno de los 3 apartados siguientes:

1.- Empresas bajo cualquier forma jurídica constituidas con posterioridad a la publicación de la presente convocatoria.

2.- Empresas bajo cualquier forma jurídica creadas con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria que no hayan permanecido en actividad durante un periodo superior a 2 años a fecha de la solicitud.

3.-Entidades sociales (Fundación, Asociación, Empresa de inserción, Centro especial de empleo, Cooperativa de trabajo Asociado o Sociedad laboral) que desarrollen una nueva línea de negocio.

En los tres supuestos anteriores el proyecto empresarial o nueva línea de actividad para la que se solicite subvención habrá de suponer la creación de al menos un puesto de trabajo durante el año 2018, ya sea por cuenta propia o ajena. No se tendrán en cuenta las contrataciones cuya jornada laboral sea inferior al 50% de la jornada legalmente de aplicación o que tengan una duración inferior a un año. El aumento de los puestos de trabajo debe ser neto, comparándose con la situación de la plantilla del beneficiario a fecha de 31 de diciembre de 2017 y sin que suponga una reducción de las jornadas trabajadas.

En los tres supuestos, hasta que concluya el proceso de justificación económica, en lo que a creación de empleo se refiere no se rebasará los 50 trabajadores dados de alta.

En los supuestos segundo y tercero, no se subvencionará organizaciones cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del año 2017 no haya sido superior al millón de euros.

La subvención irá destinada a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento de la empresa o de la entidad social relacionados con el proyecto empresarial o nueva línea de actividad, devengados en el ejercicio 2018 y pagados dentro del mismo o antes de expirar el plazo de justificación.

B) Requisitos de la Línea B de apoyo a la consolidación de empresas de emprendimiento social.

Esta línea de subvenciones está orientada a consolidar empresas con cualquier forma jurídica (empresario individual, sociedades civiles, sociedades limitadas, cooperativas de trabajo asociado, sociedades laborales y cualquier otro tipo de las indicadas por el CIRCE Centro de Información y Red de Creación de Empresas del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad) que reúnan los siguientes requisitos:

  • Que cuenten con un máximo de cinco puestos de trabajo, incluidos los de los promotores.

  • Que a fecha de solicitud no hayan desarrollado la actividad objeto de subvención durante más de 5 años.

  • Que suponga al menos el mantenimiento del volumen de empleo alcanzado o puestos de trabajo creado durante los dos últimos años inmediatamente anteriores a fecha de solicitud de la subvención, computado tanto en puestos de trabajo como en jornadas realizadas.

Se subvencionará con un máximo de 4.000 euros por trabajador, ya sea por cuenta propia o cuenta ajena, e irá destinada a sufragar los gastos salariales totales (cotizaciones a la Seguridad Social, retenciones en el IRPF y/o nóminas).

– Requisitos comunes de ambas Líneas A y B.

Además de los requisitos correspondientes a la línea a la que se solicita subvención, deberán cumplirse la totalidad de los requisitos que se enumeran a continuación:

1.- El proyecto empresarial o nueva línea de actividad deberá tener la consideración de social. Para ello deberá tener como fin la obtención de un objetivo social o medioambiental claro y conciso. Como ejemplos se pueden señalar la inserción laboral de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, la producción ecológica, el comercio justo, la movilidad sostenible, etc.

2.- El proyecto empresarial o nueva linea de actividad deberá ser viable técnica y económicamente. Se excluyen de esta convocatoria proyectos de formación, consultoría o similares.

3.- El proyecto empresarial o nueva linea de actividad deberá desarrollar su actividad en el término municipal de Zaragoza y tener su domicilio fiscal y social en la ciudad de Zaragoza.

4.- El solicitante deberá estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza, con la Seguridad Social, con la AEAT y por la Hacienda de la Comunidad Autónoma tanto en el momento de la solicitud como en el de la justificación.

5.- La documentación presentada para la obtención de la subvención, contendrá un lenguaje no sexista y se evitará cualquier imagen discriminatoria de las mujeres .

6.- Las entidades obligadas a ello por tener una plantilla superior a 250 personas, deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombre y mujeres.

7.- Las entidades beneficiarias de las subvenciones garantizarán la igualdad de mujeres y hombres en el trato, acceso al empleo, clasificación profesional y demás condiciones laborales y profesionales.

8.- Se garantizará -donde sea preciso por la naturaleza de la subvención- la adopción de medidas para prevenir el acoso sexual y de acoso por razón de sexo.

La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 225.000 euros. Se establece para cada una de las dos líneas de subvención A y B una reserva de disposición por importe de 125.000 euros para las subvenciones solicitadas dentro de la línea A de apoyo a empresas de nueva creación y de 100.000 euros para la Línea B de apoyo a la consolidación de empresas de emprendimiento social. En el supuesto de que con la suma de las subvenciones solicitadas de una de las líneas no se pudiera llegar a agotar el importe de su reserva de disposición, la cuantía sobrante se destinará a cubrir, o aumentar en su caso, las subvenciones solicitadas de la otra línea.

Para los supuestos de la Línea A, la cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 80% del gasto corriente efectivamente realizado entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, correspondiente al proyecto presentado, con el límite de 12.000 euros. El solicitante deberá presentar una previsión del gasto corriente a realizar durante el periodo citado en el párrafo anterior, incluyendo el gasto corriente ya realizado a la fecha de presentación de la solicitud.

Para los supuestos de la Línea B, la cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 80% de los gastos salariales y de seguridad social efectivamente realizados entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018 con el límite de 10.000 euros. El solicitante deberá presentar una previsión de los gastos salariales y de seguridad social a realizar durante el periodo citado en el párrafo anterior, incluyendo los ya realizados a la fecha de presentación de la solicitud.

Las solicitudes de subvención podrán presentarse hasta el 14 de noviembre, dirigidas a la Presidencia de Zaragoza Dinámica, deberán presentarse en el Registro de dicho organismo, sito en C/ Albareda, nº 4 (planta 2ª), Zaragoza 50.004 en horario de 9:00 a 14.00 o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

Si la solicitud se presenta en un registro distinto al de Zaragoza Dinámica, se remitirá, ese mismo día, copia de la misma sellada por el registro al nº de fax 976721063 de Zaragoza Dinámica o escaneado al siguiente correo electrónico: jblanco@zaragozadinamica.es . Las solicitudes que incumplan lo anterior no serán objeto de valoración.

Para saber más sobre esta convocatoria, visita este enlace o dirígete a Zaragoza Dinámica en C/ Albareda, nº 4, 2ª planta, o  llamando al teléfono 976 721 059.