El pasado viernes se publicaba en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

Esta Orden constituye el régimen jurídico aplicable para la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo temporal en la misma cooperativa o sociedades laborales, así como a apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de economía social.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales aragonesas para las siguientes actuaciones:

  • Incorporación de socios trabajadores a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
  •  La adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora del empleo y de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
  • Prestación de asistencia técnica.

Las solicitudes se formalizarán mediante los correspondientes modelos normalizados, debidamente cumplimentados, que se encuentran a disposición de los interesados a través de la Oficina Virtual de Trámites disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección electrónica http://www.aragon.es y en el portal institucional del Instituto Aragonés de Empleo en la dirección electrónica http://www.aragon.es/inaem., y podrán presentarse en cualquiera de las oficinas del Instituto Aragonés de Empleo o a través de cualquiera de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para saber más, consulta la Orden completa en este enlace.